El Tribunal Constitucional se pronuncia sobre disposiciones del proyecto de ley de seguridad en establecimientos educativos
Educación
24 de junio del 2026
El Tribunal Constitucional de Chile ha declarado inconstitucionales varias disposiciones del proyecto de ley que establece medidas de seguridad y convivencia en los establecimientos educativos. Entre las normas cuestionadas se encuentran la revisión de mochilas y vestimentas de estudiantes, así como criterios de admisión escolar basados en conductas previas.
En una reciente sesión ordinaria, el Tribunal Constitucional se pronunció sobre los requerimientos acumulados con los Roles N°s 17.651-26-CPT y 17.653-26-CPT, presentados por un grupo de senadores y diputados en relación a un proyecto de ley que busca establecer medidas de seguridad y convivencia en los establecimientos educativos. Esta decisión afecta directamente a la comunidad educativa, ya que se cuestionan varias disposiciones que regulan aspectos fundamentales de la convivencia escolar.
El Tribunal declaró contrarias a la Constitución varias normas del proyecto de ley, comenzando por el Artículo 1° numeral 2, que permite a los sostenedores de los establecimientos educacionales incluir en sus reglamentos internos la revisión de mochilas y otros efectos personales de los estudiantes. La norma establece un procedimiento para actuar en caso de negativa por parte del estudiante y menciona la posibilidad de comunicar a Carabineros o a la Policía de Investigaciones si el apoderado no se presenta. Esta disposición fue considerada inconstitucional en su inciso noveno, lo que plantea interrogantes sobre la capacidad de los sostenedores para garantizar la seguridad en las escuelas.
Otro de los puntos destacados en el fallo fue el Artículo 2°, que permitía a funcionarios de Carabineros y de la PDI realizar revisiones de vestimentas y efectos personales de estudiantes sin orden judicial, siempre que existieran indicios de que el estudiante hubiera cometido un delito. Esta disposición también fue declarada inconstitucional, lo que limita la intervención de las fuerzas del orden en el ámbito escolar. Además, el Tribunal se refirió al Artículo 5°, que modifica la Ley de Subvenciones y establece criterios para la admisión escolar, declarando inconstitucional ciertos enunciados que restringen el acceso a la educación a estudiantes que hayan sido sancionados por actos que afecten la convivencia escolar.
Finalmente, el Artículo 6° del proyecto, que condicionaba el acceso a la gratuidad en la educación superior a no haber sido condenado por ciertos delitos, también fue objeto de análisis. El Pleno del Tribunal, compuesto por diversas autoridades judiciales, resolvió que estas disposiciones no se ajustan a la Constitución, lo que podría tener un impacto significativo en la regulación de la convivencia y seguridad en los establecimientos educativos. El expediente completo de esta causa puede ser consultado en la página web institucional del Tribunal Constitucional.
